Certificado de perro de apoyo emocional en España
Valoración psiquiátrica online y presencial
Si has llegado hasta aquí, probablemente te preocupe algo muy concreto: poder seguir viviendo con tu animal, o poder llevarlo contigo a algún sitio.
Te lo explicamos con claridad, aunque una parte de la respuesta no sea la que esperas.
En España no existe ningún registro oficial de animales de apoyo emocional. Nadie puede dar de alta a tu perro ni a tu gato como animal de apoyo emocional, porque ese registro no existe.
Lo que sí existe es una valoración psiquiátrica y, cuando esa valoración lo sostiene, dos documentos firmados por una médica especialista en Psiquiatría:
- El certificado: es el que presentas donde lo necesites, y no lleva tu diagnóstico.
- El informe clínico: recoge la valoración completa y, con ella, el diagnóstico. Se queda contigo, como respaldo del certificado.
Los dos salen de la misma valoración y los dos van incluidos en ella.
El certificado no te da derechos automáticos. Es un documento clínico que puedes presentar donde lo necesites. Quien lo recibe decide libremente si lo tiene en cuenta.
Aquí los firma la Dra. Raquel Calles Marbán y, cuando la valoración lo sostiene, se emiten en 24 horas desde la cita. La valoración puede ser presencial en Santa Cruz de Tenerife u online para toda España. Atendemos solo a personas adultas.
Qué es el certificado de animal de apoyo emocional
Es un documento clínico. Nada más, y nada menos.
Nace de una consulta, no de un formulario. En esa valoración psiquiátrica individualizada se habla de ti: qué te ocurre, desde cuándo, cómo te afecta en el día a día y qué lugar ocupa tu animal en todo eso.
Si la valoración lo sostiene, el certificado recoge:
- Que se te ha valorado en consulta de psiquiatría.
- Tu situación clínica descrita en términos funcionales: cómo te afecta en el día a día y qué papel cumple tu animal en eso. Sin tu diagnóstico, y sin el detalle de tus síntomas, tus antecedentes ni tu tratamiento.
- La función concreta que cumple la convivencia con tu animal.
- La fecha, la firma y los datos de la médica que te ha valorado.
Está redactado para que se entienda fuera de una consulta, sin tecnicismos innecesarios. Y dice lo que es cierto de tu caso: ni más, ni menos.
Junto al certificado se te entrega el informe clínico completo, con el diagnóstico, que se queda contigo. Es lo que explicamos justo debajo.
Que puedas pedirlo no es un favor: el artículo 22 de la Ley 41/2002 reconoce a todo paciente el derecho a que se le faciliten los certificados acreditativos de su estado de salud, y añade que son gratuitos solo cuando una norma lo establece. Ese derecho es a que se certifique tu estado de salud, el que la valoración encuentre; no a que un documento diga lo que te haría falta que dijera. Aquí lo que se abona es la valoración médica que sostiene los documentos.
No es un carné. No es un alta en ningún registro. No lleva sello del Estado, porque no hay ningún organismo que lo expida. Tampoco es un informe pericial psiquiátrico, que es otro tipo de documento y tiene otra finalidad.
Verás que se llama de muchas formas: certificado de apoyo emocional, certificado AAE, certificado de perro de apoyo emocional, certificado de apoyo emocional para mascotas. Lo que hay detrás es siempre lo mismo: una valoración psiquiátrica y los documentos que la recogen.
Dos documentos de la misma valoración: el certificado y el informe
Merece un momento de atención, porque es la parte que protege tu intimidad.
De una sola valoración salen siempre dos documentos:
El certificado es el que está pensado para enseñar. Acredita, con la firma de una médica especialista en Psiquiatría, que se te ha valorado y qué función cumple la convivencia con tu animal en tu situación clínica. No lleva tu diagnóstico. Es el que puedes presentar a una propiedad, a un alojamiento, a una comunidad de vecinos o a una compañía.
El informe es el documento clínico completo: recoge la valoración y, con ella, el diagnóstico. Se queda contigo. Es el respaldo clínico del certificado, y su destinatario natural es otro profesional sanitario: si tu médica de familia, tu psicóloga o un especialista necesitan el detalle, ahí está.
Si quien recibe el certificado pide «más detalle», no hace falta el informe para eso. El certificado va firmado electrónicamente, así que su autenticidad se puede comprobar; el resto es historia clínica y está protegido por el secreto profesional. Puedes decirlo así, con esas palabras. Que alguien pida más detalle no te obliga a entregar el informe: existe para respaldarte, no para que tengas que enseñar tu diagnóstico a quien no es sanitario. Y si aun así decides mostrarlo, esa decisión es tuya, pero es una decisión, no un trámite.
En la práctica es sencillo: tú entregas el certificado y guardas el informe.
| El certificado | El informe | |
|---|---|---|
| ¿Lleva tu diagnóstico? | No | Sí, con la valoración completa |
| ¿Quién lo lee? | Quien tú decidas: una propiedad, un alojamiento, una compañía, una comunidad de vecinos | Tú, y el profesional sanitario a quien tú decidas mostrárselo |
| ¿Para qué es? | Acreditar ante quien tú decidas que se te ha valorado y qué función cumple tu animal | Respaldar el certificado y dejar constancia clínica completa |
| ¿Se abona aparte? | No: se abona una sola valoración | No: la misma valoración incluye los dos |
Por qué se separan
Porque un dato de salud mental no tiene por qué acabar en manos de quien no es sanitario.
Piensa en quién va a leer el documento: un propietario, el gestor de un apartamento, el presidente de tu comunidad, el mostrador de una compañía. Esa persona necesita saber que una médica te ha valorado y qué papel cumple tu animal en tu situación. No necesita saber qué diagnóstico tienes, ni desde cuándo, ni qué tratamiento sigues.
Esto no es una política de la casa. Es el secreto profesional: obliga a la médica, no a ti. Tú puedes contar de tu salud lo que quieras y a quien quieras; la consulta, no. Por eso el documento que se te da para enseñar se escribe pensando en quién lo va a leer. En protección de datos eso tiene además nombre y artículo: minimización de datos, artículo 5.1.c del Reglamento General de Protección de Datos. Se trata lo necesario para la finalidad, y nada más.
Esto no significa que el certificado diga menos de lo que es cierto. Dice la verdad, y la dice entera sobre lo que tiene que acreditar. Lo que no hace es incluir un dato que quien lo lee no necesita para decidir. La propia ley lo dice así: el artículo 3 de la Ley 41/2002 define el certificado médico como «la declaración escrita de un médico que da fe del estado de salud de una persona en un determinado momento». No exige que conste un diagnóstico. Un certificado sin diagnóstico no es un certificado incompleto: es un certificado.
Dicho con precisión, para que no haya malentendidos: el certificado no incluye tu diagnóstico, pero sigue siendo un documento de salud. Dice que una psiquiatra te ha valorado —y eso ya es un dato de salud— y describe tu situación clínica con el alcance justo para lo que tiene que acreditar. Es el mínimo que hace falta para que el documento acredite algo, y no hay forma de bajar de ahí. Por eso la decisión de a quién se lo das, y de si se lo das, es tuya. Lo que evita la separación es que tengas que enseñar tu diagnóstico y tu historia clínica completa a quien no es sanitario.
Y significa que no tienes que elegir entre cuidar tu intimidad y tener el respaldo clínico completo. Tienes las dos cosas: el certificado para fuera, el informe para ti.
Cómo tratamos tus datos, con el detalle que exige el artículo 13 del RGPD, está en nuestra política de privacidad.
Los dos van incluidos en la valoración
No son dos servicios ni dos precios, y no hay que pedir el segundo: se entregan juntos, firmados y con la misma fecha. Lo que se abona es la valoración.
Qué no hace el certificado
Esta es la parte importante, y preferimos decírtela pronto.
El certificado no te da por sí solo un derecho de acceso ni de admisión. Ninguna norma obliga a una compañía, a un alojamiento ni a una propiedad a admitir a tu animal por el hecho de que presentes este documento. Lo que el certificado hace es acreditar tu situación clínica ante quien tú decidas; el peso que le dé cada uno depende de esa persona o entidad.
Aviones y transporte
No existe ninguna norma que obligue a una compañía a admitir a tu animal en cabina por tener este certificado.
Cada compañía decide de forma voluntaria qué animales acepta, y con qué condiciones de peso, transportín y documentación. Esas condiciones las fija cada una, son distintas entre sí y cambian con el tiempo. Nosotros no podemos anticiparte qué te va a pedir ninguna de ellas.
Pregúntalo directamente a la compañía con la que vas a volar, por escrito y antes de comprar el billete.
Locales, hoteles y alojamientos
Lo mismo. Ningún bar, restaurante, hotel o apartamento está obligado a admitir a tu animal por este certificado.
Es una decisión de cada establecimiento, y las condiciones las pone él. Pregunta antes de reservar.
Lo que sí tiene acceso regulado por ley es el perro de asistencia acreditado, que es otra cosa y se explica más abajo.
Alquileres con cláusula de «no se admiten mascotas»
El certificado no anula por sí solo una cláusula de un contrato de alquiler.
Lo que puede hacer es acompañar una conversación con la propiedad y acreditar tu situación clínica, si decides plantear el asunto. La decisión sigue siendo de la propiedad.
Y si lo que necesitas saber es qué validez tiene una cláusula concreta de tu contrato, eso lo valora un abogado. No es una cuestión médica.
Si alguien te asegura que con un certificado vas a volar en cabina, entrar en cualquier sitio o saltarte una cláusula de tu contrato, te está prometiendo algo que no puede garantizar.
Esta página es información general sobre nuestro servicio y no constituye asesoramiento jurídico.
¿Existe un registro oficial de animales de apoyo emocional en España?
No. Ni estatal, ni autonómico.
No hay ningún registro, ninguna base de datos y ninguna ventanilla donde inscribir a un animal de apoyo emocional. Si encuentras una web que ofrece «registrar» o «dar de alta» a tu mascota, o que te vende un carné con número, ese registro no existe.
Lo que sí puede emitirse, tras una valoración individualizada, son los dos documentos de los que habla esta página: el certificado y el informe clínico que lo respalda.
Esta página es información general sobre nuestro servicio y no constituye asesoramiento jurídico.
Animal de apoyo emocional y perro de asistencia no son lo mismo
Es la confusión más frecuente, y entenderla te ahorra disgustos.
Un perro de asistencia es un perro adiestrado y acreditado. Un animal de apoyo emocional es tu animal de compañía, sin adiestramiento específico. Son dos cosas distintas, y llevan a dos caminos distintos.
Qué dice el Real Decreto 409/2025
El Real Decreto 409/2025, de 27 de mayo, por el que se regula la actividad y bienestar de los perros de asistencia (BOE-A-2025-10490), es la norma que los regula en España.
Su artículo 4.1 establece una clasificación mínima de cinco categorías:
- Perro guía.
- Perro de señal de alerta de sonidos.
- Perro de servicio.
- Perro de aviso de alerta médica.
- Perro para personas con trastornos del espectro autista.
El artículo 4.2 permite además a las comunidades autónomas reconocer nuevas variantes de asistencia, así que la lista de variantes no está cerrada; las cinco categorías, sí. Esas variantes tienen que quedar incluidas en alguna de esas mismas categorías, y la norma exige que el adiestramiento del perro y su auxilio incidan de forma determinante en la autonomía personal de la persona con discapacidad. Se sigue hablando, siempre, de perros adiestrados.
En esa norma, el animal de apoyo emocional no figura como categoría. La única vez que aparece la expresión «apoyo emocional» es dentro del perro para personas con trastornos del espectro autista, que es un perro adiestrado.
Dicho de otro modo: el apoyo que tu animal te da puede ser real, y una médica puede valorarlo y describirlo. Pero eso no convierte a tu animal en perro de asistencia a efectos de esa norma.
Cómo se reconoce un perro de asistencia
Lo que convierte a un perro en perro de asistencia es estar adiestrado y acreditado por una entidad reconocida por la comunidad autónoma, dentro de alguna de esas categorías. No lo hace ningún documento médico.
El grado de discapacidad del 33 % que tanto se menciona es una condición de la persona usuaria, no del animal (artículo 2.b). Y la propia norma permite que cada comunidad autónoma reconozca como usuarias a otras personas, en particular a quienes necesitan un perro de aviso de alerta médica o un perro para personas con trastornos del espectro autista.
Los registros de perros de asistencia los mantienen las comunidades autónomas, y son ellas las que tramitan el reconocimiento. En Canarias se rigen por la Ley 3/2017, de 26 de abril, de perros de asistencia para personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el Decreto 403/2023, de 13 de noviembre. El trámite se hace por la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
«Certificado de perro de servicio»: por qué no se pide aquí
Mucha gente teclea «certificado de perro de servicio» pensando que es otra forma de decir apoyo emocional. No lo es.
El perro de servicio es uno de los cinco tipos de perro de asistencia, y el artículo 4.1.c lo define como el perro adiestrado para apoyar y auxiliar en las actividades de la vida diaria a una persona con discapacidad física. Si tu situación es de salud mental, esa categoría probablemente no sea la tuya: las que contemplan otros casos son el perro de aviso de alerta médica y el perro para personas con trastornos del espectro autista, y las dos exigen igualmente adiestramiento y acreditación.
En todos los casos se consigue con adiestramiento en una entidad reconocida y con el reconocimiento de tu comunidad autónoma. Ninguna consulta médica puede emitirlo, porque no es un documento clínico: es un procedimiento administrativo.
Si lo que necesitas es un perro de asistencia, tu camino no pasa por esta página, pasa por tu comunidad autónoma. Si lo que tienes es un animal de compañía que te sostiene y quieres que una médica lo valore y lo describa, entonces sí estás en el sitio correcto.
Entonces, ¿para qué sirven el certificado y el informe?
Para lo que sirve un documento médico: para acreditar, ante quien tú decidas, qué papel cumple tu animal en tu situación clínica.
Los dos describen una realidad clínica, y se escriben a partir de la valoración, no a partir de para qué los quieres. Qué hagas después con ellos es tu decisión. Con eso por delante, estos son los usos que nos cuentan las personas que los piden.
El certificado, que es el que se entrega:
- Explicar su situación a una propiedad, a una comunidad de vecinos o a un alojamiento, y pedir que la valoren.
- Aportar documentación médica en una gestión o una solicitud que la pide.
- Presentarlo allí donde, según sus propias condiciones, se admita documentación clínica.
El informe, que se queda con la persona:
- Acreditar la valoración ante otro profesional sanitario, que es para quien está escrito.
- Dejar constancia clínica, dentro de su propio tratamiento, del lugar que ocupa el animal.
- Tener el respaldo completo del certificado. Si alguna vez decides mostrarlo, decides tú a quién.
En todos esos casos hay un documento serio, firmado por una especialista, que forma parte de tu historia clínica. Lo que no hay es una llave que abra puertas por sí sola.
¿Cómo hacer que mi perro sea de apoyo emocional?
Es una de las preguntas que más nos llegan, y merece una respuesta clara: no hay ningún trámite que «convierta» a tu perro en perro de apoyo emocional. No hay curso, ni examen, ni número que solicitar.
Lo que sí puede hacerse es esto:
- Pides cita para una valoración psiquiátrica.
- En la consulta se valora tu situación clínica y el lugar que ocupa tu animal en ella.
- Si la valoración lo sostiene, se emiten los dos documentos firmados: el certificado, para presentar donde lo necesites, y el informe clínico, que te quedas tú.
Los dos hablan de ti. Tu animal aparece en ellos porque forma parte de tu vida, no porque haya obtenido ninguna titulación.
Para esto no hace falta que tu animal esté adiestrado. Al margen de ello, la ley sí impone obligaciones a cualquier persona que convive con un perro: tenerlo identificado y cumplir las obligaciones sanitarias y de vacunación que fije tu comunidad autónoma y tu ayuntamiento. Y, conforme al artículo 30 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros durante toda la vida del animal, cuyo importe se fijará reglamentariamente, y acreditar un curso de formación para la tenencia de perros, gratuito y de validez indefinida, cuyo contenido también se determinará reglamentariamente. Eso no lo gestionamos nosotros: consúltalo con tu veterinario o con tu ayuntamiento.
Que tu perro se comporte con tranquilidad cuando hay gente alrededor no es un requisito legal, pero sí es sentido común, por su bienestar y por el de los demás.
Qué sabemos del efecto de un animal en la salud mental
Esto merece una respuesta honesta y no un titular.
La investigación en este campo es desigual. Muchos estudios son pequeños y las revisiones más prudentes concluyen que la evidencia es limitada: cuando se observa un efecto, es modesto y varía bastante de una persona a otra.
Lo que se observa con más constancia es que la convivencia con un animal puede reducir la sensación de soledad, ayudar a sostener rutinas cuando todo lo demás se desordena y dar un motivo concreto para salir de casa y moverse. En consulta se ve algo parecido, aunque eso es una impresión clínica y no sustituye a la investigación.
No sustituye a un tratamiento ni a un seguimiento psicológico. Puede acompañarlos. En algunas personas es una parte útil de un proceso que incluye otras cosas; en otras, simplemente no cumple ese papel. Por eso se valora caso por caso y no en general.
Hay además una cara que se menciona poco. Un animal es una responsabilidad: hay que sacarlo, alimentarlo, cuidarlo y llevarlo al veterinario, también los días malos. En unas situaciones eso ayuda a sostener el día; en otras es una carga añadida. También forma parte de la valoración.
Cómo es la valoración, paso a paso
1. Pides la cita
Por WhatsApp al +34 611 750 560, por el formulario de contacto o a través de Doctoralia.
En ese momento te decimos qué incluye la consulta, cuánto dura y el importe de la valoración, para que lo sepas antes de reservar. Atendemos solo a personas adultas.
Para pedir la cita no necesitas contarnos tu historial. Eso se ve en consulta, que es donde corresponde.
2. La consulta
Es una consulta de psiquiatría de adultos, presencial en Santa Cruz de Tenerife u online desde cualquier punto de España. Si es tu primera vez, aquí te contamos qué esperar de la primera consulta.
Se revisa tu historia, tus síntomas, el tratamiento que sigues si lo hay y la función que cumple tu animal en tu día a día. Si estás en seguimiento con otro profesional, trae lo que tengas: informes previos, tratamiento actual, pruebas.
No siempre se cierra todo en una sola consulta. Si hace falta completar la valoración, se te dice en ese momento.
3. Los dos documentos, en 24 horas
Cuando la valoración lo sostiene, recibes el certificado y el informe firmados dentro de las 24 horas siguientes a la cita. Los dos a la vez. El plazo corre desde la cita, también si cae en fin de semana o en un día en que la consulta no abre. Si la valoración necesita una segunda consulta, el plazo cuenta desde esa segunda cita, y se te avisa en la primera.
Es un solo acto: la valoración, que incluye los dos documentos cuando procede emitirlos. No se cobran aparte.
El diagnóstico, si de la valoración resulta uno, se te explica en la consulta. El informe no te lo comunica: solo lo recoge por escrito, con las palabras que ya has escuchado.
Los dos documentos son tuyos
Se te entregan a ti, y solo a ti. No los enviamos a compañías, propietarios, comunidades de vecinos ni a ningún otro tercero, y no hablamos con ellos sobre tu caso. Si alguna vez tuvieran que salir de aquí, sería porque tú lo pides por escrito, o porque lo exige una autoridad judicial. No hay más supuestos.
Lo normal es que solo tengas que entregar el certificado, que es el que no lleva diagnóstico. Tú decides dónde lo presentas, y si lo presentas; y si alguna vez decides mostrar el informe, esa decisión también es tuya.
Los recibes los dos en formato digital, firmados electrónicamente, y quedan también en tu historia clínica. Te los enviamos por un canal seguro, nunca por WhatsApp ni por mensajería.
Quién firma los documentos
Los dos los firma la Dra. Raquel Calles Marbán, médica especialista en Psiquiatría y directora del Centro de Psiquiatría y Psicología Raquel Calles. Siempre ella.
Ella hace la valoración y ella firma el certificado y el informe. No hay firmas delegadas ni documentos emitidos por otros profesionales. Son documentos médicos con nombre, apellidos y responsabilidad detrás.
¿Cuánto cuesta el certificado de apoyo emocional?
No publicamos tarifas en la web, y te explicamos por qué.
Se abona una sola cosa: la valoración psiquiátrica. El certificado y el informe, cuando la valoración los sostiene, van incluidos en ella. No se cobran aparte, ni juntos ni por separado.
Esto es deliberado. Cobrar un documento clínico por separado introduciría en la consulta un interés que no debería estar ahí.
Lo que sí puedes saber de antemano:
- Se abona la valoración, y los dos documentos van incluidos cuando procede emitirlos.
- No hay ningún cargo adicional por los documentos, ni uno por cada uno.
- El importe depende de si es primera consulta o revisión, y te lo indicamos al pedir la cita, antes de reservar.
Y una cosa más, por transparencia: la valoración es un acto médico y se abona también cuando la conclusión es que no procede emitir los documentos. En ese caso no te vas con las manos vacías, te vas con una valoración psiquiátrica de tu situación, con orientación sobre qué puede ayudarte y, si lo pides, con un informe de la consulta que recoge por escrito lo que se ha valorado.
Si quieres saber el importe antes de decidir, escríbenos por WhatsApp al +34 611 750 560 y te lo indicamos.
Cuándo no se emiten los documentos
Conviene decirlo antes, no después: no siempre se emiten.
Si la valoración no sostiene que la convivencia con tu animal cumpla una función relevante en tu situación clínica, no se emite el certificado. Y tampoco el informe que lo respalda, porque no hay nada que respaldar: los dos salen de la misma valoración. No se emiten por si acaso, ni porque hayas venido, ni porque te hagan falta para un viaje.
Eso no te deja sin nada. Si lo pides, se te emite un informe de la consulta: no el que acompaña al certificado, sino uno que recoge lo que se ha valorado y lo que se te recomienda. La valoración se ha hecho y queda por escrito. Lo que no puede hacerse es certificar una función que la valoración no sostiene.
Un documento clínico solo puede decir lo que la valoración sostiene. Por eso, cuando no lo sostiene, no se certifica: es la única forma de que lo que se firma signifique algo.
Si lo que buscas es un documento garantizado, esta no es la consulta adecuada. Lo que se pide al reservar es una valoración, y una valoración que solo puede terminar en un sí no es una valoración: es un trámite con otro nombre.
Cuando la respuesta es no, se te explica por qué. Y se habla de lo que sí puede ayudarte, que casi siempre hay algo: a veces una consulta de psiquiatría, a veces psicología, y a veces conviene aclarar antes a quién acudir.
Sobre plantillas y modelos descargables
Nos lo preguntan a menudo, y mucha gente busca directamente un modelo en Word.
Aquí no vas a encontrar ninguna plantilla, ni un enlace a ninguna. No es por reservarnos nada. Es que un documento descargado y rellenado no es un documento clínico: lo que lo sostiene es la valoración que hay detrás y la profesional que lo firma. Sin eso, el papel es solo un papel. Y no hay ningún modelo oficial, porque no hay ningún organismo que lo apruebe.
Presencial en Santa Cruz de Tenerife y online para toda España
Puedes venir a la consulta o hacerlo por videollamada. La valoración es la misma y los dos documentos son los mismos.
La mayoría de las personas que consultan por esto lo hacen desde fuera de Tenerife, y la consulta online está pensada precisamente para eso: no necesitas desplazarte ni estar en Canarias.
Centro de Psiquiatría y Psicología Raquel Calles
- Presencial: Plaza San Antonio de Texas 1, local 4, 38001 Santa Cruz de Tenerife.
- Online: para toda España.
- WhatsApp: +34 611 750 560.
- Reservas también a través de Doctoralia.
- Horario: de lunes a jueves, de 9:30 a 13:30 y de 15:00 a 18:30. Viernes, sábados y domingos, cerrado.
- Atención a personas adultas.
Preguntas frecuentes
¿Cómo hago que mi perro sea de apoyo emocional?
No es un trámite que se haga con el perro. No hay curso, ni chaleco, ni prueba, ni alta en ningún registro. Lo que se valora eres tú: pides una cita de psiquiatría, se estudia tu situación clínica y, si esa situación lo sostiene, se emiten dos documentos firmados que describen el papel que cumple tu animal: un certificado, para presentar donde lo necesites, y un informe clínico, que te quedas tú.
¿Existe un registro oficial de animales de apoyo emocional en España?
No, ni estatal ni autonómico. Nadie puede dar de alta a tu animal. Los registros que sí existen son los de perros de asistencia: los llevan las comunidades autónomas y se refieren a perros adiestrados y acreditados.
¿El certificado lleva mi diagnóstico?
No. El certificado, que es el documento pensado para presentar, no lo incluye: acredita que se te ha valorado en consulta de psiquiatría y qué función cumple la convivencia con tu animal. El motivo es sencillo: quien lo va a leer —una propiedad, una comunidad de vecinos, una compañía— no es personal sanitario y no necesita ese dato para decidir lo que le estás pidiendo. El diagnóstico va en el informe clínico, que se te entrega a la vez y se queda contigo: ahí está si otro profesional sanitario necesita el detalle clínico. Los dos salen de la misma valoración y los dos van incluidos en ella. Y si una gestión concreta exige que el diagnóstico conste en el documento que vas a presentar, dínoslo: para eso está el informe, que sí lo recoge. Lo que no se hace es meterlo en el certificado por si acaso.
¿Cuánto cuesta el certificado de apoyo emocional?
Lo que se abona es la valoración psiquiátrica, y el certificado y el informe van incluidos en ella cuando procede emitirlos. No se cobran aparte, ni juntos ni por separado. No publicamos tarifas porque el importe depende de si es primera consulta o revisión; te lo indicamos al pedir la cita, antes de reservar. Escríbenos por WhatsApp al +34 611 750 560.
¿Cuánto se tarda en tener el certificado?
Cuando la valoración lo sostiene, el certificado y el informe se emiten en 24 horas desde la cita, los dos a la vez, firmados electrónicamente y en formato digital, y se te envían por un canal seguro. El plazo corre desde la cita, también si cae en fin de semana. Si hace falta una segunda consulta para completar la valoración, se te dice en la primera y el plazo cuenta desde esa segunda cita.
¿Me garantizáis el certificado si pido cita?
No, y preferimos decírtelo antes de que vengas. Si la valoración no sostiene que tu animal cumpla una función relevante en tu situación clínica, no se emite ninguno de los dos documentos. Lo que sí puedes tener, si lo pides, es un informe de la consulta con lo que se ha valorado y lo que se te recomienda. Lo que reservas es una valoración honesta, no un documento.
¿El certificado sirve para volar con mi perro en cabina?
No existe ninguna norma que obligue a una compañía a aceptarlo. Si alguna admite animales en cabina es una decisión voluntaria suya, con sus propias condiciones de peso, transportín y documentación, que cada una fija y cambia. Pregúntaselo directamente a la compañía con la que vayas a volar, antes de comprar el billete.
¿Puedo entrar con mi animal en locales, alojamientos o transporte público?
Tampoco hay norma que lo obligue. La decisión es de cada local, alojamiento o empresa, y las condiciones las pone cada uno. Lo que sí tiene acceso regulado por ley es el perro de asistencia acreditado, que es otra cosa.
¿Sirve para tener perro en un alquiler que no admite mascotas?
El certificado no anula por sí solo una cláusula del contrato. La decisión es de la propiedad. El certificado puede acompañar esa conversación y acreditar tu situación clínica, pero no la sustituye. Si quieres saber qué validez tiene una cláusula concreta, consúltalo con un abogado.
¿Es lo mismo un perro de apoyo emocional que un perro de asistencia o un perro de servicio?
No. El perro de asistencia está regulado por el Real Decreto 409/2025 y tiene que estar adiestrado y acreditado por una entidad reconocida por la comunidad autónoma. El perro de servicio es uno de los tipos que recoge esa norma, definido para personas con discapacidad física, y también exige adiestramiento y acreditación. El animal de apoyo emocional no figura como categoría en ella.
¿Necesito un diagnóstico previo o un grado de discapacidad del 33 %?
No hace falta traer un diagnóstico hecho. Si de la valoración resulta un diagnóstico, queda recogido en el informe clínico que te llevas, no en el certificado que vas a presentar. Y ese 33 % aparece en la normativa de perros de asistencia, como condición de la persona usuaria, y cada comunidad autónoma puede reconocer además a otras personas; no es un requisito para pedir una valoración psiquiátrica. Si ya estás en tratamiento con otro profesional, cuéntanoslo y trae los informes que tengas: ayudan.
¿Vale para gatos y otros animales, o solo para perros?
La mayoría de las consultas son por perros, pero la valoración no depende de la especie. Lo que se valora es tu situación clínica y la función que cumple la convivencia con ese animal concreto, sea un perro, un gato u otro animal de compañía.
¿Hay algún modelo o ejemplo de certificado de mascota de apoyo emocional en Word?
Aquí no se publican plantillas ni se enlaza a ninguna. No hay ningún modelo oficial, porque no hay ningún organismo que lo apruebe. Y un documento descargado y rellenado no es un documento clínico: lo que lo sostiene es la valoración que hay detrás y la profesional que lo firma.
¿A quién se entregan el certificado y el informe?
A ti, los dos, y solo a ti. No los enviamos a terceros ni hablamos con ellos sobre tu caso; si alguna vez tuvieran que salir de aquí, sería porque tú lo pides por escrito o porque lo exige una autoridad judicial. De los dos, tú solo entregas el certificado, que es el que no lleva el diagnóstico; el informe lo guardas como respaldo. Eso no se decide caso por caso: el certificado se emite sin diagnóstico y el diagnóstico va en el informe. Tú decides dónde presentas el certificado.
¿Se puede hacer todo online desde fuera de Canarias?
Sí. La valoración se hace por videollamada y sirve para toda España, sin desplazarte. Si prefieres el trato presencial y estás en la isla, la consulta está en Santa Cruz de Tenerife. La valoración y los dos documentos son los mismos en ambos casos.
¿Caducan el certificado y el informe?
Sí. Los emitimos con una vigencia de dos años para usarlos en España y de un año fuera de España.
No es un plazo legal, porque no existe ninguna norma que lo fije: es el criterio con el que se emiten. Los documentos reflejan tu situación clínica en una fecha concreta, y fuera de España suele pedirse documentación más reciente.
Pasado ese tiempo, o antes si tu situación cambia, se renuevan con una nueva valoración.
¿Atendéis a menores de edad?
No. El centro atiende únicamente a personas adultas.
De dónde viene todo esto
No empezó con leyes ni con formularios. Empezó mucho antes, y en silencio: en habitaciones donde alguien no podía dormir, en tardes en las que hablar con otra persona era demasiado difícil. Y, aun así, había alguien allí. Un perro que se acercaba sin preguntar. Un gato que se acurrucaba justo cuando hacía falta calor. Una presencia tranquila que no juzgaba. Durante mucho tiempo, eso no tenía nombre.
Después, la psiquiatría y la psicología empezaron a mirar de cerca algo que los pacientes ya sabían: que ese vínculo podía modular la ansiedad, reducir la sensación de soledad y ayudar a sostener una rutina cuando todo lo demás se desordenaba. No como sustituto del tratamiento, sino como parte de él.
De ahí surgió la necesidad de explicarlo fuera de la consulta, y nacieron los primeros documentos de apoyo emocional. No como un privilegio ni como un atajo, sino como una forma de dar nombre clínico a algo que ya existía.
El equilibrio sigue siendo el mismo hoy, porque no todo vínculo es terapéutico y no toda necesidad es clínica. Por eso, detrás de cada documento serio hay una valoración, un criterio profesional y una decisión que intenta ser honesta con la persona y con la medicina.
Y al final lo esencial sigue siendo sencillo. Una persona. Un momento difícil. Y un animal que, sin saberlo, está ayudando más de lo que parece. Estos documentos solo intentan poner palabras a eso. Nada más, y nada menos.
¿Crees que tu animal forma parte de tu bienestar?
Un animal de apoyo emocional puede ofrecer compañía y sostén en determinadas situaciones, pero cada caso es diferente. Si necesitas valorar tu situación y saber si puedes optar a un certificado de animal de apoyo emocional, podemos orientarte mediante una valoración psiquiátrica individualizada.
Pide cita por WhatsApp al +34 611 750 560 o reserva a través de Doctoralia.
Este centro no atiende urgencias. Si estás en una situación de crisis o tienes pensamientos de hacerte daño, llama al 024 (línea de atención a la conducta suicida, gratuita y disponible 24 horas) o al 112. Si hay riesgo inmediato, acude al servicio de urgencias más cercano.